Recambios motociclistas. De lo ilegal a lo tradicional

Recambios motociclistas. De lo ilegal a lo tradicional

La tentación no siempre vive arriba y no siempre se encarna en la maravillosa Marilyn. En ocasiones luce un mono grasiento y aparece cuando menos te lo esperas...

No sé si lo saben los amables lectores, pero la venta de cualquier forma de recambios motociclistas -también de automoción- entre particulares está totalmente prohibida en nuestro país.

A ver... no creo que vayan a mandarnos a los GEO por vender ese retrovisor de repuesto que aún guardamos en su caja original al amigo del amigo que te han comentado que está buscando uno.

No, la cosa no llegará tan lejos... aunque en realidad podría ya que, técnicamente, estaríamos violando la ley.

El problema, como es obvio, no está en ese recambio olvidado en el fondo del cajón con el que se hace un favor a un conocido sino en el mercado negro que llega a moverse detrás de muchos recambios “olvidados” que acaban pasando de una mano a otra sin control.

Y la cuestión no es baladí. Prácticamente el 95% de las motos que se roban lo son con el fin de ser desmontadas y vendidas a piezas en otros países. Marruecos, Argelia y algunos mercados del este son los receptores habituales... pero no los únicos. También en España es posible todavía dar con el conocido de un primo de un amigo de uno que trabaja en un taller y que “te pilla una pieza” por mitad de precio.

Y es que la tentación, a veces, luce un mono grasiento y la falsa sonrisa cómplice de alguien que pretende que “te ahorres unos eurillos”.

Recambios motociclistas, triste realidad

Invito a quienes estén tentados de aceptar dicha oferta a visitar alguno de los almacenes en los que la policía guarda los restos de las pocas motos robadas recuperadas y conozcan el triste origen de esos “eurillos” que van a ahorrarse.

Es verdad que la cosa ha mejorado mucho. Los anuncios en los que particulares ofrecían sin recato todo tipo de recambios motociclistas sin más explicaciones han pasado a la historia.

Y pronto lo estarán aún más porque la UE pondrá en marcha próximamente un nuevo reglamento que pretende que toda pieza usada que equipe una moto tenga origen, recorrido y desarrollo conocidos. Aunque en España esto está ya contemplado por el Real Decreto 20/2017 del 20 de enero y la correspondiente de cada comunidad autónoma, en muchos países de la UE sigue siendo frecuente el trapicheo de piezas provenientes de origen desconocido.

undefined

Se trata, en resumen, de circunscribir el negocio de los recambios a los profesionales del sector y de tener la garantía de que cuando compramos una pieza proveniente de desguace todo es completamente legal y no estamos aprovechándonos de la desgracia de otro motero ni alimentando a ninguna mafieta local.

La intención es buena y todos entendemos que con ello se busca ponérselo difícil al recaptador, al vendedor de piezas robadas y a las bandas que se las suministra pero inevitablemente surgen algunas preguntas cuando se baja al terreno del particular bienintencionado. Esto es al del propietario que simplemente pretende deshacerse de esos recambios que acumulan polvo, de esa vieja moto que duerme el sueño de los justos esperando ser restaurada o sacar un último rendimiento a ese siniestro que le jorobó el pasado verano.

Derechos y libertades

Entonces la norma adquiere otros matices porque ¿vulnera el reglamento europeo el derecho a la propiedad? Al fin y al cabo, los restos de una moto son de su dueño y puede hacer con ellos lo que crea conveniente dentro de la lógica. (Decimos “dentro de la lógica” lo cual no incluye tirarla al mar o abandonarla en el bosque).

Por otra parte, los recambios motociclistas particulares no pueden venderse legalmente, pero ¿pueden regalarse?

Si no hay transacción económica y todo queda en un apretón de manos o en un chuletón al punto... ¿hay ilegalidad?

¿Merece el mismo tratamiento legal un intermitente o un retrovisor que un bloque motor? ¿Y por extensión los potencialmente contaminantes de las no contaminantes? Se puede entender que se quiera tener un control medioambiental sobre aceites, ácidos, combustibles... pero ¿es necesario sobre viejos faros o levas de freno?

¿Tendrá el mismo reproche legal la transacción particular del recambio de un modelo aún en mercado -con el que el fabricante podría considerarse legítimamente perjudicado- que el de un modelo de hace treinta años del que ya no hay oferta y cubre una necesidad concreta?

Son preguntas que quizás no tienen demasiado sentido en el caso del automóvil, dado que no es tan habitual en nuestro país la imagen de un viejo coche abandonado en un garaje pero que resultan trascendentales para los recambios motociclistas. En nuestro ámbito sí existe una cierta tradición de comercio entre particulares, sobre todo cuando se trata de modelos clásicos o descatalogados o entre miembros de clubs.

Una vez más nos encontraremos -salvo que la futura redacción lo solvente- con una norma pensada para las cuatro ruedas que no discriminará positivamente a las de dos. Y que, tampoco hace falta ser futurólogo, al final obligará a rascarse el bolsillo para mantener la vieja moto del abuelo en el garaje sin miedo a que hacerlo sea considerado algo así como tenencia ilícita de explosivos...

Mostrar comentarios
Cargando siguiente contenido...