Todo lo que necesitas saber para aprovechar el Plan Renove 2020

Todo lo que necesitas saber para aprovechar el Plan Renove 2020

Ahora que ya sabemos que sí, que con las motos también podremos disfrutar de las ayudas del Gobierno para la compra de nuevos vehículos, llega el momento desgranar todo lo que necesitamos saber para pedir las ayudas del Plan Renove 2020.

Además, os explicamos quién se puede aprovechar de esta iniciativa, así como qué vehículos son susceptibles de recibir las ayudas y otras dudas. ¡Vamos a ello!

Si queréis información mucho más concreta, podéis consultar el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, publicado en el BOE el pasado 6 de julio.

¿Quién puede beneficiarse de las ayudas?

El Plan Renove 2020 está pensado tanto para personas físicas como autónomos o empresas, siendo diferentes las ayudas que se reciben en cada caso. Más adelante encontraréis la tabla que específica la aportación económica específica para cada uno.

En el caso de personas físicas y profesionales autónomos se establece un límite de un vehículo por beneficiario.

En el caso de entidades privadas con personalidad jurídica establece un máximo de hasta treinta vehículos.

¿Qué motos pueden aprovechar el Plan Renove?

El RD 25/2020 estipula que pueden beneficiarse de las ayudas las “motocicletas L3, L4, L5 y L3e, L4e y L5e: Vehículos con dos ruedas, o con tres ruedas simétricas o asimétricas con respecto al eje medio longitudinal del vehículo, con una velocidad de diseño superior a los 45 km/h”.

Esto es, todas las motos de 2 o 3 ruedas, quedando excluidos los ciclomotores.

En cuanto a las motocicletas eléctricas nuevas (categorías L3e, L4e y L5e), para poder solicitar la ayuda deben respetar las siguientes características: tener baterías de litio, motor eléctrico con una potencia del motor igual o superior a 3 kW, y una autonomía mínima de 70 km.

En el caso de las motos de gasolina, su precio de venta máximo no puede ser superior a 8.000 euros. Para las motos eléctricas este valor asciende hasta los 10.000 euros.

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Ayudas económicas del Plan Renove para las motos

El mismo Real Decreto también fija las ayudas exactas según cada caso.

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En el caso de las motos, no hay ayudas extra por movilidad reducida, ingresos mínimos o por achatarramiento de un vehículo de más de 20 años. Esas ayudas adicionales quedan limitadas a vehículos de categoría M1 o N1.

Solicitud de las ayudas del Plan Renove 2020

El proceso de solicitud es muy sencillo para el cliente, puesto que suele encargarse de tramitarlo el concesionario y el cliente no tiene que hacer nada. Aun así, no está de más saber que sí se realiza un proceso de solicitud online.

También avisan que, en caso de agotar el presupuesto, seguirán aceptando solicitudes en la aplicación informática correspondiente. Estas solicitudes pasarán a formar parte de una lista de espera y que serán atendidas por riguroso orden de presentación si se produce alguna anulación.

Importante tener también en cuenta que el BOE anuncia que la “documentación deberá conservarse, como mínimo, durante un plazo de cuatro años a partir de la fecha de resolución de concesión y en tanto no prescriba el derecho de la Administración a exigir el reintegro según lo previsto en el artículo 39 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones”.

Por último, para solicitar las ayudas se deberán presentar los siguientes documentos:

Fotocopia de la Ficha Técnica (Tarjeta ITV) del Vehículo adquirido.

Fotocopia del Permiso de Circulación del vehículo adquirido emitido por la Dirección General de Tráfico.

Fotocopia de la factura de venta del vehículo (reflejando el descuento en el precio), con fecha de la misma igual o posterior al 15 de junio de 2020. No serán admisibles las autofacturas.

Documentos justificativos del pago de la factura de compraventa del vehículo. Se admitirán los justificantes que permita ver la siguiente información: Beneficiario (destinatario final de la ayuda), tercero (quien percibe las cantidades pagadas), fecha de pago, vehículo.

Otras dudas

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El BOE especifica que “el beneficiario de la ayuda deberá mantener la titularidad del vehículo y su matriculación en España al menos durante dos años desde el momento de la concesión de la subvención”. Es decir, que no podremos vendernos la moto hasta pasados dos años.

En el caso de las motocicletas, no es necesario achatarrar ningún vehículo para acceder a la ayuda.

También se puede ser beneficiario de la ayuda con la compra de un vehículo Kilómetro 0, siempre que haya sido matriculado en 2020.

Por si alguien se lo había preguntado, el Plan Renove 2020 y el Plan Moves II no son acumulables. Es decir, en caso de decantarte por la compra de una moto eléctrica solo podrás obtener una de las 2 ayudas. Que, en el caso de las motos susceptibles de recibir la ayuda, son iguales en los dos planes.

Ayudas económicas del Plan Moves II

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