¿Es legal llevar y/o usar una cámara de acción en el casco o moto?

¿Es legal llevar y/o usar una cámara de acción en el casco o moto?

Tras conocerse la noticia del motorista que fue multado en Mallorca por llevar una cámara GoPro acoplada al casco ha sido un tema muy recurrente entre los aficionados a las dos ruedas: ¿Es legal, o no, llevar y/o usar una cámara de acción acoplada al casco o en la moto?

Desafortunadamente, como con tantos otros aspectos del reglamento -el uso de intercomunicadores, por ejemplo- no queda realmente claro en el reglamento de circulación. Sin embargo, no es la única norma en la que deberíamos fijarnos.

Por eso debemos tener claro antes de seguir que este asunto nos obliga a abordar dos cuestiones diferentes. Por un lado, la instalación de la cámara en un elemento de seguridad y, por el otro, el hecho de grabar imágenes.

Es por ello que, en este caso, tenemos que fijarnos en diferentes normas para sacar una posible conclusión.

Según el Reglamento de Circulación

El artículo 118.1 del Código de Tráfico y Seguridad Vial, sobre “Cascos y otros elementos de protección”, dice lo siguiente:

Los conductores y pasajeros de motocicletas o motocicletas con sidecar, de vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, de ciclomotores y de vehículos especiales tipo «quad», deberán utilizar adecuadamente cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen tanto en vías urbanas como en interurbanas. Cuando las motocicletas, los vehículos de tres ruedas o los cuadriciclos y los ciclomotores cuenten con estructuras de autoprotección y estén dotados de cinturones de seguridad y así conste en la correspondiente tarjeta de inspección técnica o en el certificado de características de ciclomotor, sus conductores y viajeros quedarán exentos de utilizar el casco de protección, viniendo obligados a usar el referido cinturón de seguridad cuando circulen tanto en vías urbanas como interurbanas”.

Este ha sido el artículo que más suspicacias ha levantado estos días pues, el agente de la multa que ha propiciado este debate, entendía que el conductor del vehículo no utilizaba adecuadamente el correspondiente casco de protección homologado o certificado, al llevar una cámara anexa, algo para lo que entiende, el casco no estaba homologado.

Como vemos en la norma, esta no es muy concisa al respecto y puede dar lugar a diferentes interpretaciones. La cuestión es que, depende de cómo la interprete el agente con quien te encuentres, podría acabar en multa, o no.

En este sentido, como con los intercomunicadores, ya va siendo hora de que las normas se renueven y contemplen claramente las nuevas circunstancias que se van dando con el cambio de sociedad y la evolución de la tecnología.

Según la Ley de Protección de Datos

Aquí la cosa ya se pone más seria. Hasta ahora se ha hablado mucho sobre la legalidad de poder instalar o no la cámara por si se pierde la homologación del casco. Pero la realidad es que, al grabar imágenes con esa cámara podemos incurrir en una falta aún mayor, saltarnos la Ley de Protección de Datos.

Filmar paisajes, montañas, la carretera, nuestra propia moto… Es muy bonito e idílico. Pero es prácticamente imposible registrar solo ese tipo de imágenes circulando.

A lo largo de tu trayecto te cruzarás con otros usuarios de la vía, aparecerán matrículas, empresas y comercios que haya por el camino… A ninguno de ellos se le pedirá el consentimiento de querer aparecer en las imágenes, y tienen derecho a no querer ser grabados y, además, la Ley de Protección de Datos nos obligaría a pedir el consentimiento.

Teniendo en cuenta esta ley, la instalación de la cámara en sí no es un delito pero sí podría llegar a ser sancionable grabar. Ahora bien, si luego se publican esas imágenes en Internet, redes sociales... Sí podría suponer una infracción al derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

En definitiva, la mejor solución pasa siempre por usar el sentido común y asegurarnos de que hacemos un uso correcto de esas imágenes. No olvidemos que, aunque mayoritariamente queremos esas imágenes, por ejemplo, para tener un recuerdo de las rutas y escapadas, también es muy habitual verlas o incluso compartirlas con la familia, amigos o conocidos y ahí, seamos realistas, se podría llegar a perder el control de qué se hace con esas imágenes, especialmente si ocurre algo "curioso" en ellas.

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