Adelantar por la derecha, ¿si o no? ¿Cuándo se puede?

Adelantar por la derecha, ¿si o no? ¿Cuándo se puede?

Como norma, los adelantamientos se realizan por la izquierda y, por lo tanto, adelantando por la derecha estamos incurriendo en una sanción.

El artículo 82 del Reglamento General de Circulación especifica que una infracción a las normas de adelantamiento se considera grave.

Pero… Adelantar por la derecha no siempre es ilegal y, aunque son pocas, hay situaciones en las que sí está permitido realizar un adelantamiento por la derecha.

Cuándo podemos adelantar por la derecha

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Como decíamos, aunque la norma dice que los adelantamientos serán por la izquierda del vehículo adelantado, vamos a recordar los casos en los que sí podemos adelantar por la derecha:

1.Está permitido adelantar por la derecha, si existe espacio suficiente para ello y tomando las máximas precauciones, cuando el conductor del vehículo al que queremos adelantar esté indicando su propósito de girar a la izquierda o parar en ese lado.

2. También está permitido adelantar por la derecha a los tranvías que circulan por la zona central de la calzada en vías con circulación en ambos sentidos.

3. Dentro de una población, cuando la calzada tenga por los menos dos carriles para el mismo sentido de la marcha, delimitados por marcas longitudinales.

Estos son los únicos tres supuestos que contemplan un adelantamiento correcto por la derecha.

¿Qué ocurre en calzadas de varios carriles?

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En este caso, tanto la DGT como los cuerpos de seguridad e incluso los propios conductores estamos cansados de recordar que se debe circular por el carril de más a la derecha.

Sin embargo, al menos en nuestro país, parece que hay mucho “síndrome del carril izquierdo” y, según datos de 2019 de la DGT, la ocupación del carril derecho en las vías rápidas era de apenas el 60%.

Son muchos los vehículos que optan por circular continuamente por el carril o carriles centrales de la calzada, aunque vayan lentos, convirtiéndolos en una especie de prueba de obstáculos.

Estos vehículos no parecen ser conscientes de que con su actitud provocan situaciones de riesgo ya que obligan a otros vehículos más rápidos a adelantarles por la derecha (ilegal) o a atravesar varios carriles para adelantar por la izquierda y luego volver a atravesarlos todos para seguir circulando por el lugar correcto, el carril derecho.

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Pero como os acabamos de indicar, que otro vehículo esté incumpliendo una norma no nos exime de cumplir otras. Así, aunque en estos casos sea más seguro adelantar por la derecha, si ya circulabais correctamente por ese carril, debéis saber que no podéis adelantarle por la derecha. Es ilegal y se considera falta grave.

Sí podremos sobrepasar a otro vehículo por la derecha. Pero claro, sobrepasar no es adelantar, así que atentos:

El Reglamento General de Circulación dice exactamente que “cuando la densidad de la circulación sea tal que los vehículos ocupen toda la anchura de la calzada y sólo puedan circular a una velocidad que dependa de la del que los precede en su carril, el hecho de que los de un carril circulen más rápidamente que los de otro no será considerado como un adelantamiento”.

Es decir, en caravana. Como detalle añadido, recordad que tampoco está permitido cambiar de carril a no ser que sea para prepararte para tomar una salida o para girar a derecha o izquierda.

Por otro lado, en los tramos que haya carriles de aceleración o deceleración, o carriles destinados al tráfico de determinados vehículos, tampoco se considerará adelantamiento el hecho de que se avance más rápidamente por aquellos carriles que por los normales de circulación, o viceversa.

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