Menores al manillar. La cantera se recupera

Menores al manillar. La cantera se recupera

Poco a poco parece que la vieja y sana costumbre de motorizarse sobre dos ruedas vuelve a calar entre los más jóvenes. Que los menores al manillar cada vez sean más es una tendencia que parece haberse recuperado después de unos años de franco parón.

Aún nos queda mucho camino por recorrer para llegar a los niveles de las últimas décadas del pasado siglo, pero al menos la evolución de estos últimos años parece positiva.

En estos momentos, España cuenta con cerca de 57.000 conductores de dos ruedas menores de edad. Porque, para conducir vehículos de motor legalmente, no es necesario ser mayor de edad.

2022 2020 2015 2010
Permiso A1 10.436 7.499 7.454 6.001
Permiso AM 46.178 40.829 38.466 122.948
Total 56.614 48.328 45.920 128.949

Actualmente existen cuatro autorizaciones administrativas distintas, dos permisos y dos licencias (licencia de vehículos agrícolas, LVA y  la LCM, para personas con movilidad reducida) que permiten conducir antes de cumplir los 18 años y para obtener cada una de ellas es condición necesaria pasar el correspondiente examen de aptitudes psicofísicas.

En el caso de las dos ruedas, el resto de requisitos necesarios son:

Motocicleta

El permiso de la clase A1 es el primer permiso disponible de motos. Autoriza a conducir motocicletas sin sidecar con tres condiciones: cilindrada máxima de 125 c.c., potencia máxima de 11 kW (15 CV) y una relación potencia/peso no superior a 0,1 kW/kg. Este permiso también permite ponerse a los mandos de triciclos de motor, ciclomotores, cuadriciclos ligeros y vehículos de movilidad reducida.

Para obtenerlo es necesario pasar dos pruebas teóricas –común y específica de moto–, y dos prácticas: maniobras en circuito cerrado y circulación en tráfico abierto.

Ciclomotor

La edad para obtener un permiso comienza a los 15 años, con el AM. Este autoriza a conducir ciclomotores hasta 50 c.c., de dos y tres ruedas y cuadriciclos ligeros y de otros tipos (también eléctricos).

Para ser titular del permiso AM siendo menor de edad es necesario aprobar dos exámenes: un teórico específico y una prueba práctica en pista, con maniobras adecuadas al tipo de ciclomotor (estacionamiento, zig-zag, cambio de sentido...).

Por cierto, no estará de más recordar que aunque se trate de menores, eso no les exime de cumplir con todas y cada una de las normas de circulación. Por muy imberbes que sean.

Esas obligaciones incluyen ponerse el casco, respetar los límites de alcoholemia (0,0 en este caso) y de velocidad y por supuesto, no conducir bajo los efectos de las drogas.

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Pero ojito, en caso de que un un menor cometa una infracción de tráfico, serán sus padres o tutores legales los responsables solidarios. Es decir, que el marrón se lo comen los mayores y legalmente deberán hacerse cargo de las multas además de responder por los daños causados.

Si la cosa fuese a mayores y el menor cometiera un delito contra la seguridad vial, serán la Guardia Civil o las policías autonómicas o locales las que determinarán el procedimiento, aunque en ningún caso se podrá aplicar al menor el Código Penal, como establece su artículo 19.

Crear afición

Hasta ahí el caso de los conductores menores al manillar. Pero, ¿qué ocurre si hablamos de menores como pasajeros? Pues que también de cumplir unos requisitos.

Así que, si quieres llevar a la criatura tras de ti en moto, ciclomotor e incluso en bicicleta (en esta última deberá ir en una silla homologada) es obligatorio que tenga al menos 7 años de edad. Asimismo, el conductor deberá ser el padre, la madre o un tutor autorizado y si se trata de otro adulto distinto a los mencionados, el menor solo podrá ser a partir de los 12 años.

¡Ah! y obviamente con el casco puesto y bien abrochado. ¡Faltaría!

Hay que fomentar la afición de los menores al manillar, pero con seguridad. Mejor que aprendan de pequeños.

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