La DGT dará de baja algunas motos antiguas de manera automática

La DGT dará de baja algunas motos antiguas de manera automática

Nuestro parque móvil es el más envejecido de Europa, por ello se ha dispuesto que la DGT dará de baja algunas motos antiguas de manera automática si se dan unas circunstancias.

Suena tremendo, pero está en negro sobre blanco, concretamente en el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, una modificación del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, o sea que no es ninguna invención ni una inocentada.

Y es que la lucha de la DGT contra los vehículos “okupa”, la chatarra abandonada y los coches y motos que no tienen seguro o no han pasado la ITV, sigue adelante.

También es de sobra conocido que la DGT, las concesionarias de la ITV y las compañías aseguradoras cruzan sus datos, para conocer qué vehículos incumplen la Ley.

Pues gracias a este sistema la DGT sabe perfectamente cuáles son las motos y los coches que no han pasado la ITV en diez años.

También conoce cuáles son los vehículos que no tienen seguro desde hace una década. Pues bien, juntando los datos de los vehículos que ni tienen seguro ni han pasado la ITV en los últimos diez años, ya tienen una lista de candidatos a dar de baja.

Eso sí, si lo que queremos es realmente dar de baja nuestro vehículo de manera voluntaria y que nos gestionen toda la documentación, deciros que hay servicios online, como el de la web El Desguace, donde podemos dar de baja nuestra moto o ciclomotor y ellos nos realizan todo el proceso, desde la tasación, la recogida, el reciclaje y los trámites de la baja definitiva ante la DGT.

La DGT dará de baja de manera automática algunas motos antiguas

Llegados a este punto hay una disposición del BOE que permite a la DGT dar de baja a las motos y coches que no hayan pasado la ITV ni tengan seguro desde hace 10 años.

Este es el apartado que lo menciona en el artículo 35 del Real Decreto 265/2021: “En el caso de que cualquier Jefatura de Tráfico acuerde la baja definitiva de oficio, mediante la oportuna resolución, por existir la presunción de que el vehículo no existe o no circula al no haberse cumplido las exigencias en materia de inspección ITV obligatoria y de seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria en los últimos diez años. Esta baja definitiva de oficio, en cualquier caso, no impide que, si el vehículo cumple a posteriori las condiciones para poder volver a obtener la autorización administrativa para circular, pueda ser rehabilitado”.

O sea que la DGT podrá dar de baja automáticamente las motos que en 10 años no hayan pasado la ITV ni tengan el seguro obligatorio. Suena duro pero es legal.

Ello afecta a las motos históricas que estén en restauración, por ejemplo, o aquella moto que tu abuelo te dejó en herencia y que hace una década que no la mueves, o a motos expuestas en museos...

Un tema que no queda claro es si esta norma queda sin efecto si pagas el correspondiente impuesto de tracción mecánica a tu ayuntamiento, o al menos debería servir para alegar que la moto existe y está "en restauración".

O sea que puede que tus motos antiguas estén en el punto de mira de la DGT… Recuerda que si tienes instalada la app MiDGT podrás saber si te afecta en el apartado Mis Vehículos. Avisado estás.

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