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El viaje relámpago del ayuntamiento de Madrid que no coló en los tribunales
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº8 de Madrid ha dictado sentencia a favor de un conductor que alegaba encontrarse a 400 km del lugar de la infracción. La denuncia, emitida por el Ayuntamiento de Madrid, fue realizada por “saltarse un semáforo en fase roja”, lo que conlleva una penalización de 200€ y la retirada de 4 puntos del carnet de conducir.
Afirmando que el mismo día y hora de la infracción se encontraba, tanto él como su vehículo, en Murcia, el usuario recurrió la multa a la Administración aportando datos como tickets de parking o el resguardo del Hotel para confirmar su versión. Pese a las pruebas, la Administración desestimó el recurso alegando que el infractor realizó un “viaje relámpago” desde Murcia hasta Madrid para terminar volviendo a la localidad murciana.
Ante la negativa por parte del Ayuntamiento de Madrid, el conductor perjudicado decidió ir a los Tribunales con las mismas pruebas presentadas anteriormente.
Finalmente en los juzgados se le dio la razón, retirándole la multa, ya que la Administración no pudo demostrar mediante fotografías que el conductor y el vehículo se encontraban en la ciudad de Madrid en el momento de la infracción.
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