El off road en Italia, ¿prohibido por ley? No del todo

El off road en Italia, ¿prohibido por ley? No del todo

Mucho revuelo ha armado en Italia el nuevo decreto sobre el tránsito de los caminos entrará en vigor de inmediato y que parece que prohibe, de facto, el off road.

En la web oficial de la Gazzetta Ufficiale della Repubblica Italiana, se ha publicado hace unas horas una nueva norma, que ya se conoce como 'Decreto off road', en el que el país vecino anuncia sus nuevas disposiciones para con los caminos de tierra. Y es que dicha ley parece, por lo menos inicialmente, poner fin al mundo off road tal y como lo conocen allí, en cuanto a uso lúdico.

El decreto, firmado el pasado 28 de octubre, se publicó el 1 de diciembre en el Diario Oficial del Estado Italiano, que desde 1797 publica la legislación general del estado. Y, tras los 15 días de Vacatio Legis (16 de diciembre), en principio, ya está en vigor. La nueva norma, por cierto, lleva las firmas del Ministro de Políticas Agrícolas, Alimentarias y Forestales Stefano Patuanelli, del Ministro de Cultura Dario Franceschini y del Ministro de Transición Ecológica Roberto Cingolani.

Así es el llamado 'Decreto off road'

'El Decreto off road', en esencia, recoge que los caminos de tierra están vetados al tránsito ordinario, a la gente de a pie, por lo que, en consiguiente, se prohibe toda actividad lúdica. Así pues, todo vehículo off road quedan excluidos de la circulación; desde los quads hasta las bicicletas, desde los todoterreno hasta las motos de trial o enduro.

"Independientemente del título de propiedad, la viabilidad forestal, silvestre-pastoral y las operaciones relacionadas según se define en el siguiente art. 3 están prohibidas para el tránsito ordinario". Aquí encontraréis el decreto completo.

La Federación Italiana de Motociclismo, la Associazione Nazionale Ciclo Motociclo Accessori (ANCMA) y otras asociaciones ya se han puesto en marcha para intentar aclarar la situación. El objetivo es encontrar una solución que satisfaga a todos, modificando el decreto actual lo antes posible. Y tendrá que ser pronto, considerando que solo quedan 2 días para que entre en vigencia.

Las aclaraciones del MiPAAF (Ministerio de Políticas Agrícolas, Alimetarias y Forestales)

Sin embargo y dado el revuelo que ha armado dicha ley, el Ministerio ha aclarado lo siguiente:

"Cabe recordar que la competencia primaria en la materia es de las Regiones,y cada región y provincia autónoma ya tiene su propia ley autonómica que regula los aspectos estrictamente técnicos y la usabilidad de estas carreteras. El decreto se mueve dentro del alcance de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Consolidada de Bosques y Cadenas de Suministro Forestal de 2018 (Decreto Legislativo nº 34/2018), en vigor desde hace años, sin ninguna reacción violenta sobre el tema del uso de caminos forestales.

No hay novedades respecto al tránsito autorizado en la citada red viaria, entendiéndose que, según lo expresamente previsto en el artículo 2, apartado 3 del decreto, las carreteras y pistas forestales no están sujetas a los criterios de seguridad previstos para las carreteras ordinarias, ya que se trata de vías excluidas del Código de Circulación. Además, como se explica en el mismo párrafo, corresponde a las Regiones regular los métodos de uso, gestión y aprovechamiento de los caminos forestales teniendo en cuenta las necesidades relacionadas con la actividad de gestión silvestre-pastoril y la protección del medio ambiente y del paisaje.

Cabe señalar también que las Regiones también son responsables de la prevención de la inestabilidad hidrogeológica y del cumplimiento de las disposiciones de la restricción hidrogeológica; por lo tanto, corresponde a las Regiones evaluar los efectos del uso peatonal, ciclista o vehículo motorizado que no sean vehículos forestales en las vías, cuyos efectos sobre superficies sin pavimentar tienen impactos muy diferentes; deben evaluarse con la máxima atención a las realidades territoriales individuales.

Por último, se reitera que todas las Regiones aprobaron por unanimidad el decreto y las directrices, muy conscientes de sus competencias y consecuencias de gestión".

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