Acceder a Madrid en Moto: Todo lo que necesitas saber

Acceder a Madrid en Moto: Todo lo que necesitas saber

La nueva normativa de Madrid está causando auténticos quebraderos de cabeza, y muchos dimes y diretes. Tantos, que al final son muchas las dudas que se están generando sobre en qué casos se podrá acceder a Madrid en moto.

Por eso, hemos decidido intentar ofreceros de la forma más clara posible los puntos clave y restricciones de la Ordenanza de Movilidad de Madrid. Esperamos que os sea de utilidad, y os ayude a aclarar las ideas.

Puntos clave y restricciones de la Ordenanza de Movilidad de Madrid Central

Empezaremos por lo más fácil. La nueva Ordenanza de Movilidad de Madrid entró en vigor el pasado 30 de noviembre, así que lo mejor sería que ya tuviésemos todos los puntos claros.

Se verán afectados por las nuevas restricciones de tráfico los barrios de Las Letras, Cortes, Embajadores, Ópera, Universidad, Justicia y Sol, que juntos suman un total de 472 hectáreas.

Las restricciones, tanto de acceso como de aparcamiento, afectarán a las calles del interior y el perímetro.

Habrá unas pocas excepciones. Ciertos tramos de las calles Santa Cruz de Marcenado, Mártires de Alcalá, Ventura Rodríguez, Duque de Liria, Gran Vía de San Francisco, Bailén, Algeciras y Cuesta Ramón quedarán libres de las restricciones por necesidades del tráfico.

Depende. Aquí es donde se complica un poco más la cosa, dependerá sobre todo del distintivo ambiental de tu vehículo, pero intentaremos explicarlo de forma clara.

Aunque la norma que se aplica a las motos es prácticamente misma que al resto de vehículos, hay alguna diferencia en el caso de las motos con distintivo ambiental B o C.

Este tipo de vehículo podrán acceder y aparcar en Madrid Central sin restricciones horarias.

Además, los vehículos CERO podrán aparcar en zonas SER (Servicio de Estacionamiento Regulado) sin límite horario.

En el caso de los vehículos ECO, tendrán un límite de dos horas para aparcar en zona SER.

Estos vehículos solo podrán entrar en Madrid Central si es para aparcar en un parking público o garaje privado. Estos NO podrán aparcar en zonas SER.

Eso significa que tendrán que ir directos a estacionar pues no pueden circular (excepto para ir al parking).

Otra excepción para que puedan acceder a la zona es que tengan la invitación de algún residente. En el apartado residentes os explicamos este asunto.

En el caso de las motocicletas con etiqueta B o C, de 07:00 a 22:00 horas las motocicletas con estas etiquetas podrán acceder y aparcar libremente (¡siempre de forma correcta!).

Ahora bien, fuera de ese horario podrán acceder a Madrid Central siempre y cuando aparquen en un aparcamiento de uso público, garaje privado o reserva de estacionamiento no dotacional.

Estos vehículos sí tendrán prohibido el acceso y aparcamiento en la zona Madrid Central.

La únicas excepciones serán que tengan su parking particular dentro de la zona, o cuenten con la invitación de un residente (A partir del 31 de diciembre de 2019 ya no se permitirá tramitar invitaciones para vehículos sin etiqueta).

Estos vehículos tendrán libre acceso a Madrid Central (independientemente de la etiqueta), pero deberán notificar previamente la matrícula al Ayuntamiento.

Hay excepciones para vehículos de empresa, profesionales, Taxis, VTC… Si os afecta este caso, podéis consultar las condiciones en la web del Ayuntamiento.

undefined

Por el momento, los empadronados en Madrid Central podrán moverse libremente por toda el área MC independientemente de la etiqueta de su vehículo, y aparcar como han hecho hasta ahora.

En el caso de aquellos que tengan moto o coche sin distintivo podrán seguir circulando con él hasta 2025. A partir de ese año no se permitirá el acceso a estos vehículos, a no ser que estén matriculados como históricos.

Además, esto será posible siempre que no cambien de vehículo. De hacerlo, el nuevo deberá disponer de etiqueta C, B, Eco o CERO.

Por otro lado, los residentes también podrán tramitar hasta 20 invitaciones de acceso a la zona MC al mes.

Como decíamos anteriormente, estas invitaciones podrán realizarse para cualquier tipo de vehículo. Ahora bien, las invitaciones a vehículos sin distintivo ambiental solo podrán realizarse hasta el 31 de diciembre de 2019.

Como explicábamos al inicio del artículo, aquellas personas que tengan su garaje particular en la zona Madrid Central podrán acceder hasta su plaza independientemente del distintivo de su vehículo.

Sin embargo, a partir de 2020 ya no podrán acceder ni hasta el parking aquellos vehículos que no dispongan de etiqueta.

Acceder a Madrid en episodios de alta contaminación

Hasta ahora, os hemos explicado la normativa general para el día a día. Sin embargo, cuando se aplica el protocolo anticontaminación las cosas cambian.

Precisamente esta mañana se ha activado el protocolo Escenario 1 en Madrid, por lo que es muy importante saber las limitaciones que nos afectarán en casos de contaminación.

El nuevo protocolo anticontaminación contempla hasta 5 escenarios, cada uno de ellos con diferentes limitaciones, que son acumulativos. Es decir, las prohibiciones de un escenario se suman a las del siguiente.

Recomendación de uso de transporte público y reducción de la velocidad máxima a 70 km/h en la M-30 y en las vías de acceso a la ciudad en el interior de la M-40.

De activar el escenario 2, sólo podrán aparcar en zona SER (estacionamiento regulado), los vehículos con etiqueta CERO o ECO.

Además, no podrán circular por la M-30 ni su interior los vehículos sin distintivo ambiental.

En este caso, la prohibición de circulación de vehículos sin etiqueta se extiende a toda la ciudad.

De llegar a esta situación, los vehículos con etiqueta B tampoco podrán circular por la M-30 ni su interior.

Corresponde al nivel de Alerta definido por la Unión Europea.

En este caso, las prohibiciones afectan a toda la ciudad, y solo podrán acceder los vehículos CERO y ECO.

Además, solo podrán estacionar en plazas SER los vehículos con etiqueta CERO.

El Ayuntamiento informará a la población sobre la activación de algún escenario del protocolo anticontaminación a través de la página web del Ayuntamiento, paneles informativos en las carreteras, a través de la DGT, Emergencias Madrid o las redes sociales.

Mostrar comentarios
Cargando siguiente contenido...